La Jornada sobre normativa para la simplificación de licencias, una iniciativa promovida por la Dirección Territorial de Comercio del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP), reunió el pasado día 17 de junio a representantes institucionales, técnicos municipales y agentes del ecosistema comercial para reflexionar sobre los nuevos marcos normativos que facilitan el desarrollo de actividades económicas en el ámbito local.
Su principal objetivo fue dar a conocer la nueva “Ordenanza tipo para el ejercicio de actividades comerciales minoristas y la prestación de determinados servicios” a las entidades locales de la Comunitat Valenciana y promover su aplicación, como parte de las acciones del Régimen 20 de simplificación y reducción de barreras administrativas, impulsado desde la Secretaría de Estado de Comercio.
Durante la jornada, Mario Buisán García, subdirector general de Regulación y Apoyo al Comercio Interior del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa explicó las novedades y ventajas de esta ordenanza, mientras que, Francisco Ortega Albero, director general de Simplificación Administrativa de la Generalitat presentó los aspectos más importantes de la Ley de Simplificación Administrativa de la Comunitat Valenciana que afectan al comercio.
Todo ello fue objeto de debate en la posterior mesa redonda que ofreció una visión desde el territorio, con la participación de Juan Carlos Vicedo, técnico responsable de la red AFIC de Santa Pola, Rafael Torres, presidente de Confecomerç, Mauro Lorenzo, presidente de la Unió Gremial, Pedro Reig, director de ASUCOVA y Agustín Rovira, director de la Oficina PATECO.
Principales novedades de la ordenanza tipo
La “Ordenanza tipo para el ejercicio de actividades comerciales minoristas y prestación de determinados servicios” supone un paso más hacia la simplificación y agilización del procedimiento regulador.
Este proceso de simplificación se inició con la entrada en vigor de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. Esta ley supuso:
- La supresión de las licencias municipales para el inicio de las actividades comerciales minoristas y a la prestación de servicios cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 750 m2.
- El inicio del régimen de la declaración responsable del empresario para la solicitud de inicio de la actividad, en sintonía con la normativa europea.
- La posibilidad de la tramitación administrativa conjunta de las obras y del inicio de la actividad, en los casos en los que se hubiera de realizar obras para la adecuación de los locales, siempre que se trate de obras de escasa entidad y en edificios no catalogados, que no requieran de un proyecto de obra.
Esta ordenanza regula tres trámites: una Consulta Previa, una Declaración Responsable y una Comunicación.
La Consulta Previa permite clarificar aspectos relacionados con la apertura de establecimiento o inicio de actividad, así como con las obras de adecuación e instalaciones que se pretendan realizar, con carácter no vinculante.
La simplificación también avanzará significativamente en la medida en que el lenguaje y los procedimientos administrativos se rijan por los principios de simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos.
En este sentido, se valora muy positivamente el trámite de Consulta Previa propuesta por esta ordenanza tipo. Este trámite puede ser de gran utilidad siempre que los ayuntamientos, más allá de informar sobre la compatibilidad urbanística de la actividad en un determinado emplazamiento, logren desgranar de forma clara y sencilla todas las condiciones de las normas urbanísticas municipales y del resto de normativa de accesibilidad, protección contra incendios, etc. que son de aplicación en cada caso y que pueden condicionar la aptitud o idoneidad de un local para el ejercicio de una determinada actividad.
La Declaración Responsable permite el inicio inmediato de la actividad, manifestando el empresario que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento.
Este modelo de declaración responsable unifica en un solo trámite los dos instrumentos de intervención de la normativa autonómica – Declaración Responsable Ambiental y Comunicación de Actividad Inocua – sin hacer distinciones entre la inocuidad o no de la actividad.
Esto supone una simplificación formal, al unificar el trámite, y permite la apertura inmediata de la actividad tras la presentación de la declaración, sin tener que esperar un mes como ocurre actualmente con las actividades no inocuas.
La Comunicación sirve para poner en conocimiento del ayuntamiento tanto un cambio de titularidad como el cese de la actividad, así como la ejecución de obras ligadas al acondicionamiento de un local, que podrán iniciarse inmediatamente tras la presentación de la Comunicación.
Novedades de la “Ley de Simplificación Administrativa de la CV”
La Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa dedica un capítulo íntegro a las medidas para impulsar la actividad económica e incluye mecanismos de coordinación y colaboración y sistemas de acompañamiento individualizado.
Sus principales novedades en este ámbito son las siguientes:
La ley propone un tratamiento preferente a los Proyectos de Interés Autonómico, teniendo en cuenta su contribución a la dinamización y el desarrollo de la economía regional en términos de empleo, riqueza y sostenibilidad de estas iniciativas de carácter terciario, industrial o logístico.
Creación del Canal Empresa, un portal único para la tramitación unificada de procedimientos administrativos con toda la información relevante que las personas titulares de las actividades económicas necesiten sobre los servicios y procedimientos administrativos que afecten a su actividad.
Este canal, ya en marcha, mejora la gestión y seguimiento de las interacciones entre el empresario y la administración autonómica, facilitando una comunicación más directa y eficaz.
Desde el área privada empresarial, las empresas cargan sus documentos una sola vez, evitando así presentaciones repetitivas y se puede monitorizar el estado y la ubicación de los expedientes y solicitudes en tiempo real.
Además, se está impulsando la estandarización de los datos que se aporten a los sistemas para hacer posible el dato único y la interoperabilidad entre sistemas y organismos.
Su figura y funciones son recogidas por el Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa y transformación digital.
La ley impulsa la utilización de los regímenes de la declaración responsable y la comunicación en los procedimientos administrativos que permitan el inicio inmediato de la correspondiente actividad, sin perjuicio de las posteriores labores de inspección y control.
La ley contempla la figura de las Entidades Colaboradoras de Certificación para agilizar los procedimientos administrativos, especialmente los sometidos a régimen de autorización o de licencia, cuyo uso será voluntario por parte de las personas interesadas. Entre las entidades que puedan ser designada la ley incluye los colegios profesionales, las cámaras de comercio y otros organismos y empresas de certificación administrativa.