Horarios comerciales en la Comunitat Valenciana. 2024
Actualizado a 28 de febrero de 2024
¿Cuál es el horario de apertura comercial en la Comunitat Valenciana?
¿Cuáles son las zonas de gran afluencia turística en la Comunitat y los periodos declarados?
Los establecimientos comerciales en la Comunitat Valenciana deben cumplir el horario general, que tiene unos límites, o bien, si cumplen determinados requisitos pueden acogerse al régimen especial de horarios, tienen libertad de apertura.
¿Cuál es el horario general?
Para desarrollar la actividad comercial minorista en la Comunitat Valenciana de lunes a sábado, se establece un horario máximo de 90 horas. Dentro de este límite se puede elegir libremente el horario de apertura y cierre. Este horario se ha de exponer al público de manera que sea visible, tanto en el interior del establecimiento como en el exterior, incluso cuando el establecimiento permanezca cerrado.
La actividad comercial en domingos y festivos está prohibida, excepto los once domingos y festivos que anualmente autoriza expresamente la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, previa audiencia del Observatorio del Comercio Valenciano. La resolución se publica en el DOGV (Diari Oficial de la Generalitat Valenciana).
El calendario anual de domingos y días festivos hábiles para la práctica comercial en 2024 se aprobó por RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2023, de la consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se determinan los domingos y días festivos hábiles para la práctica comercial en 2024 y son los siguientes:
7 de enero de 2024 | Domingo. Rebajas de invierno.
29 de marzo de 2024 | Viernes Santo. Mayor afluencia turística.
31 de marzo de 2024 | Domingo de Pascua. Mayor afluencia turística.
24 de junio de 2024 | Lunes. San Juan. Coincidencia de dos festivos.
7 de julio de 2024 | Domingo. Rebajas de verano.
12 de octubre de 2024 | Sábado. Fiesta Nacional de España.
Coincidencia de dos festivos.
1 de diciembre de 2024 | Domingo. Campaña de Navidad.
6 de diciembre de 2024 | Viernes. Día de la Constitución. Campaña de Navidad.
15 de diciembre de 2024 | Domingo. Campaña de Navidad.
22 de diciembre de 2024 | Domingo. Campaña de Navidad.
29 de diciembre de 2024 | Domingo. Campaña de Reyes.
Además, se contempla la solicitud por parte de los ayuntamientos de horarios excepcionales. Los horarios excepcionales permiten la apertura de los comercios de los municipios que lo soliciten en fechas concretas y en virtud de circunstancias especiales que puedan incrementar las oportunidades de negocio del comercio local por un aumento puntual y excepcional de la demanda. Esta habilitación para ejercer la actividad comercial se otorgará para días concretos. Los horarios excepcionales no superarán un máximo de dos domingos o festivos al año en cada municipio, sin que ello compute en el límite de 11 domingos y festivos en los que se permite la apertura cada año.
No obstante, no se podrán habilitar los domingos y festivos siguientes: 1 de enero, 6 de enero, 1 de mayo, 9 de octubre y 25 de diciembre, o bien el 26 de diciembre, cuando éste sea declarado festivo por traslado de la fiesta de Navidad.