AYUDAS DIRIGIDAS A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA DANA DEL SECTOR COMERCIAL MINORISTA


AYUDAS DIRECTAS


AYUDAS INDIRECTAS

AYUDAS DE CONCESIÓN DIRECTA DIRIGIDAS A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA DANA DEL SECTOR COMERCIAL MINORISTA

Ara empreses

GENERALITAT VALENCIANA

Beneficiarios

Las personas jurídicas propietarias de inmuebles dedicados a actividad industrial en funcionamiento el 28 de octubre de 2024 ubicados en los municipios afectados.

En función de la actividad de la empresa y del código o códigos de la CNAE de ésta, podrá presentarse la solicitud a alguno de los siguientes programas:

    1. Programa 1 (recuperación y reactivación de empresas industriales afectadas por la dana): pymes cuya actividad se encuentre entre las contempladas en los CNAE 2009 10 al 33, así como las personas jurídicas propietarias de inmuebles en los que se estaba desarrollando actividad industrial el 28 de octubre de 2024.
    2. Programa 2 (recuperación y reactivación de comercios, hostelería y servicios): pymes dedicadas a sectores de actividad económica que no estén incluidos en la relación de CNAE del programa 1; quedan excluidas las personas físicas y jurídicas propietarias de inmuebles dedicados a esta actividad.

Dotación económica

Línea S1940 Dana 2024: Ara Empreses. 127,4 millones de euros.

a) Programa 1 (Recuperación y reactivación de empresas industriales): 47.800.000 euros.

b) Programa 2 (Recuperación y reactivación de comercios, hostelería y servicios): 79.613.540 euros.

Ayuda que recibe la empresa

Cuantía de las ayudas

a) Programa 1: hasta el 50% de los costes subvencionables, con un máximo de 100.000 euros. En el caso de personas jurídicas propietarias de inmuebles con actividad industrial, el máximo será de 20.000 euros.

b) Programa 2: hasta el 70% de los costes subvencionables, con un máximo de 50.000 euros.

Condiciones

Costes subvencionables [*]

a) Programa 1 (Recuperación y reactivación de empresas industriales):

b) Programa 2 (recuperación y reactivación de comercios, hostelería y servicios):

[*] Estas ayudas serán compatibles con las indemnizaciones percibidas o pendientes de percibir del consorcio de compensación de seguros o de otros seguros aplicables. En ningún caso la ayuda podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o privados para el mismo bien subvencionado, supere el coste de adquisición para la empresa beneficiaria.

Plazo de presentación

Forma de solicitarla

Bases y normativa

DECRETO 51/2025, de 1 de abril, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y del procedimiento de concesión directa de ayudas para la recuperación y reactivación de pymes industriales, comercios, hostelería y servicios, que hayan sufrido daños ocasionados por la dana iniciada en la Comunitat Valenciana el día 29 de octubre de 2024, en el marco de la iniciativa «Ara empreses».

EADANA 2025 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas dana 2024

GENERALITAT VALENCIANA

Beneficiarios

Las personas trabajadores por cuenta propia sin empleados cuyo lugar de trabajo esté situado en alguno de los municipios afectados por la DANA (90 municipios: Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera, Alberic, Alborache, Alcàsser, L’Alcúdia, Aldaia,  Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet, Almussafes, Alzira, Barxeta, Benaguasil, Benetússer, Benicull de Xúquer, Benifaió, Benimodo, Beniparrell, Bétera, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carcaixent, Carlet, Castelló, Castielfabib, Catadau, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Chera, Cheste, Chiva, Chulilla, Corbera, Cullera, Dos Aguas, L’ Ènova, Favara, Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar, Godelleta, Guadassuar, Llaurí, Llíria, Llocnou de la Corona, Llombai, Loriguilla – sólo núcleo urbano junto A3, Macastre, Manises, Manuel, Massanassa, Millares, Mislata, Montroi/Montroy, Montserrat, Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent, La Pobla Llarga, Polinyà de Xúquer,  Quart de Poblet, Rafelguaraf, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola, Sedaví, Senyera, Siete Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de la Valldigna, Torrent, Tous,  Turís, Utiel, València – pedanías sur,  Vilamarxant, Xirivella, Yátova)

Dotación económica

52 millones de euros

Ayuda que recibe la empresa

El importe de la ayuda será de 3.000 euros por persona trabajadora autónoma.

Obligaciones de los beneficiarios:

Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones o ayudas públicas y privadas, siempre que no superen los límites establecidos por la normativa de ayudas de minimis.

Condiciones

Plazo de presentación

Del 10 de febrero a las 09:00 horas y finalizará a las 15.00 horas del 28 de febrero de 2025

Forma de solicitarla

La solicitud se presentará de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana a través del procedimiento EADANA 2025 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas dana 2024 a través de la web https://labora.gva.es

Bases y normativa

DECRETO 16/2025, de 4 de febrero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a las personas trabajadoras autónomas de las zonas de la Comunitat Valenciana afectadas por la dana (convocatoria 2025)..

Ayudas para adquisición de vehículos (PLAN REINICI AUTO+)

Ministerio de Industria y Turismo

Beneficiarios

Dotación económica

Ayuda que recibe la empresa

Condiciones

Plazo de presentación

Forma de solicitarla

Bases y normativa

Ayudas a la destrucción de vehículos siniestrados durante la DANA

Generalitat Valenciana

Beneficiarios

Serán beneficiarias de las ayudas las personas físicas, tanto si ejercen actividades económicas como si no, en las que concurran los siguientes requisitos:

  1. A) Que seanpropietarias de un vehículo que se encuentre asegurado, que sea declarado siniestro total como consecuencia directa la DANA, y que se encuentre encuadrado en alguna de las siguientes categorías del Anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre:

1) Ciclomotores: 03 Ciclomotor

2) Motocicletas: 04 Motocicleta, 05 Motocarro, 06 Automóvil de tres ruedas

3) Turismos, furgonetas y vehículos similares: 10 Turismo, 17 Pick-up, 20 Camión MMA ≤3.500 kg, 24 Furgón/furgoneta MMA ≤ 3.500 kg, 30 Derivado de turismo, 31 Vehículo mixto adaptable

  1. B) Que hayan iniciado, antes de la solicitud de la ayuda, una reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, a la aseguradora del vehículo siniestrado.Esta circunstancia se acreditará, inicialmente, mediante la consignación en la solicitud de la ayuda del número de expediente asignado al siniestro por el Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, por la entidad aseguradora del vehículo.
  2. C) Que el vehículo haya causado baja en la Dirección General de Tráfico con motivo de los daños ocasionados por la DANA. Para la concesión inicial de las ayudas será suficiente con que se justifique la baja temporal del vehículo en la Dirección General de Tráfico y se manifieste el compromiso de tramitar la baja definitiva del vehículo en cuanto sea posible y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2025.

Dotación económica

El importe global máximo de las ayudas a conceder derivadas del presente decreto asciende a 250 millones de euros que se consignarán en el presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2025. El otorgamiento de las ayudas estará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dicho ejercicio.

Ayuda que recibe la empresa

La cuantía de la ayuda ascenderá a los siguientes importes en función de la categoría del vehículo siniestrado:

Turismos, furgonetas y vehículos similares adaptados para personas con movilidad reducida: 2.500 €. Será necesario que el vehículo conste en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico como construido o modificado para la conducción por personas de movilidad reducida.

Condiciones

Plazo de presentación

Las solicitudes podrán presentarse del 16 de enero hasta el 28 de febrero de 2025.

Forma de solicitarla

A) Presentación telemática (recomendada)

Para agilizar su tramitación y resolución, la solicitud se presentará preferentemente de manera telemática a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.

Si la solicitud se presenta de manera telemática, los pasos son:

  1. Solicitud de cita previa, la cual le indicará el intervalo de tiempo para poder presentar la solicitud. La solicitud se considerará presentada el día y hora de la solicitud de cita previa, siempre que se haya presentado en la franja horaria asignada. Enlace:

https://eturnos.gva.es/eturnos-front/DANA_VEHIC/index.html?idioma=es

(Disponible a partir de las 9:00 del día 16/01/2025)

  1. Presentación de la solicituddentro del plazo fijado por la cita previa. Enlace:

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=102512

B) Virtualmente: si no dispone de certificado digital, puede presentar su solicitud a través de la Oficina Virtual de Atención Ciudadana (se requiere teléfono móvil u ordenador con cámara para realizar su identificación). Enlace:

https://aciara.gva.es/es/oficina-virtual-de-atenció-a-la-ciutadania

C) Presentación presencial

Asimismo, la solicitud podrá presentarse presencialmente en las oficinas de coordinación de la postemergencia creadas por la Generalitat y que pueden consultarse en el siguiente enlace:

https://aciara.gva.es/es/llistat-oficines-de-coordinacio-de-la-postemergència

Bases y normativa

Ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

GENERALITAT VALENCIANA

plazo finalizado

Beneficiarios

A los efectos de estas ayudas, se consideran empresas:

Dotación económica

Ayuda que recibe la empresa

Condiciones

Plazo de presentación

Forma de solicitarla

Bases y normativa

Ayudas urgentes dirigidas a las personas trabajadoras autónomas

Generalitat Valenciana

plazo finalizado

Beneficiarios

Dotación económica

Ayuda que recibe la empresa

Condiciones

Plazo de presentación

Forma de solicitarla

Bases y normativa

Ayudas directas para empresas y autónomos

Administración General del Estado

plazo finalizado

Beneficiarios

Dotación económica

Ayuda que recibe la empresa

Condiciones

Plazo de presentación

Forma de solicitarla

Bases y normativa

Ayudas directas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios

Ayudas de la Administración General del Estado

plazo finalizado

Beneficiarios

Dotación económica

Ayuda que recibe la empresa

Condiciones

Plazo de presentación

Forma de solicitarla

Bases y normativa

 

Modificaciones por Real

Subvenciones de concesión directa para titulares de librerías afectadas por la DANA – 2024

Ministerio de Cultura

plazo finalizado

Beneficiarios

Dotación económica

Ayuda que recibe la empresa

Condiciones

Plazo de presentación

Forma de solicitarla

Bases y normativa

AYUDAS INDIRECTAS DIRIGIDAS A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA DANA DEL SECTOR COMERCIAL MINORISTA

Líneas ICO
Modalidad 2: financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a empresas y autónomos

Instituto de Crédito Oficial

Beneficiarios

Modalidad 2: financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a empresas y autónomos

Autónomos y empresas con domicilio social o establecimiento en alguno de los municipios afectados por la DANA.

Requisitos: 

Dotación económica

La línea cuenta con una financiación de hasta 5.000 millones de euros hasta el 31 de diciembre de 2025. 

Primer tramo: hasta 1.000 millones de euros que se estructurarán en tres modalidades: financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a hogares, financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a empresas y autónomos y recuperación de la capacidad productiva de empresas.

Ayuda que recibe la empresa

Modalidad 2: financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a empresas y autónomos.

Condiciones

Plazo de presentación

Las entidades podrán solicitar los avales para operaciones de financiación concedidas entre el 29 de octubre de 2024 y el 30 de noviembre 2025 y los avales se podrán otorgar hasta el 31 de diciembre de 2025.

Forma de solicitarla

Bases y normativa

Líneas ICO
Modalidad 3: recuperación de la capacidad productiva de empresas.

Instituto de Crédito Oficial

Beneficiarios

Modalidad 3: recuperación de la capacidad productiva de empresas.

Autónomos y empresas con domicilio social o establecimiento en alguno de los municipios afectados por la DANA y autónomos y empresas cuyos medios de transporte afectos a la actividad empresarial o profesional hayan sufrido daños con ocasión del desarrollo de dicha actividad.

En estos casos será necesario acreditar el reconocimiento del daño sufrido mediante el certificado del Consorcio de Compensación de Seguros.

Además de los requisitos estipulados para la modalidad 2, las empresas y autónomos solicitantes deberán cumplir con los siguientes: 

Dotación económica

La línea cuenta con una financiación de hasta 5.000 millones de euros hasta el 31 de diciembre de 2025. 

Primer tramo: hasta 1.000 millones de euros que se estructurarán en tres modalidades: financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a hogares, financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a empresas y autónomos y recuperación de la capacidad productiva de empresas.

Ayuda que recibe la empresa

Modalidad 3. Recuperación de la capacidad productiva empresas

Condiciones

Plazo de presentación

Las entidades podrán solicitar los avales para operaciones de financiación concedidas entre el 29 de octubre de 2024 y el 30 de noviembre 2025 y los avales se podrán otorgar hasta el 31 de diciembre de 2025.

Forma de solicitarla

Bases y normativa

Línea financiación IVF DANA

Generalitat Valenciana

Beneficiarios

Serán beneficiarios las empresas afectadas por la DANA que acrediten daños en instalaciones o centros de actividad ubicados en alguno de los 75 municipios que recoge el anexo de la convocatoria que cumplan los siguientes requisitos: 

Dotación económica

La línea cuenta con una financiación de hasta 200 millones de euros, hasta que se agote el presupuesto o hasta que, mediante la Resolución del director general, se declare el cierre de la línea

Ayuda que recibe la empresa

Línea IVF DANA destinada a financiar nuevas inversiones y reposición de existencias mediante prestamos de entre 200.000 y 3 millones de euros para operación de hasta 10 años para operaciones de inversión y de hasta 4 años para reposición.

Condiciones

Importe mínimo de 200.000 euros y máximo de 3.000.000 euros (el importe máximo se determinará atendiendo al volumen de facturación del solicitante).

Tipo de interés: 0%.

Comisiones: No se aplicarán comisiones de apertura ni por cancelación anticipada.

Los proyectos empresariales que podrán acogerse a esta financiación deberán estar vinculados a los daños sufridos como consecuencia de la riada y tendrán por finalidad la reparación, renovación, adecuación, reposición, ampliación o mejora de:

Plazo de presentación

El plazo de presentación será desde el 3 de diciembre de 2024 hasta que se agote el presupuesto.

Forma de solicitarla

La solicitud de la financiación se realizará en la sede electrónica del IVF https://sede.ivf.es/procedures/a95a5566-eb02-4a57-ac79-cbefe4bc10ba?action=online

Bases y normativa

Línea Afín SGR DANA

Generalitat Valenciana

Beneficiarios

Serán beneficiarios las pymes y autónomos afectadas por la DANA que acrediten daños en instalaciones o centros de actividad ubicados en alguno de los 75 municipios que recoge el anexo de la convocatoria que cumplan los siguientes requisitos: 

No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Dotación económica

Afín SGR pone en marcha una línea bonificada por la que inyectará liquidez por un importe de 150 millones de euros a empresas afectadas por la DANA, a las que se ofrecerán préstamos de entre 25.000 y 1.000.000 euros con plazos y carencias especiales

Ayuda que recibe la empresa

Línea Afín SGR destinada a financiar nuevas inversiones y circulante mediante prestamos de entre 25.000€ y un millón de euros para operación de hasta 10 años para operaciones de inversión y de hasta 4 años para circulante.

Condiciones

Este nuevo instrumento financiero, bonificado gracias a la aportación de fondos por parte de la Generalitat, se dirige a autónomos y pymes, a los que se ofrecerán préstamos de entre 25.000 y 1.000.000 euros, con plazos y carencias similares a los ofrecidos en la línea IVF.

Plazo de presentación

El plazo de presentación será desde el 3 de diciembre de 2024 hasta que se agote el presupuesto.

Forma de solicitarla

La línea puesta en marcha por Afín SGR podrán ser solicitados a través de la red oficinas bancarias que tienen convenio suscrito con esta entidad (más del 90% de las oficinas presentes en la Comunitat Valenciana) o de forma directa a través de su oficina virtual.

Más información: https://afinsgr.es/

Bases y normativa

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