Horarios comerciales en la Comunitat Valenciana. 2026
¿Cuál es el horario de apertura comercial en la Comunitat Valenciana?
¿Cuáles son las zonas de gran afluencia turística en la Comunitat y los periodos declarados?
Los establecimientos comerciales en la Comunitat Valenciana deben cumplir el horario general, que tiene unos límites, o bien, si cumplen determinados requisitos pueden acogerse al régimen especial de horarios, tienen libertad de apertura.
¿Cuál es el horario general?
Para desarrollar la actividad comercial minorista en la Comunitat Valenciana de lunes a sábado, se establece un horario máximo de 90 horas. Dentro de este límite se puede elegir libremente el horario de apertura y cierre. Este horario se ha de exponer al público de manera que sea visible, tanto en el interior del establecimiento como en el exterior, incluso cuando el establecimiento permanezca cerrado.
La actividad comercial en domingos y festivos está prohibida, excepto los once domingos y festivos que anualmente autoriza expresamente la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, previa audiencia del Observatorio del Comercio Valenciano. La resolución se publica en el DOGV (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana).
El calendario anual de domingos y días festivos hábiles para la práctica comercial en 2026 se aprobó por RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 2025, por la que se determinan los domingos y días festivos hábiles para la práctica comercial en 2026, por la que se determinan los domingos y días festivos hábiles para la práctica comercial en 2026 y son los siguientes:
4 de enero de 2026 – Domingo. Campaña de Reyes.
11 de enero de 2026 – Domingo. Rebajas de invierno.
3 de abril de 2026 – Viernes Santo. Mayor afluencia turística.
5 de abril de 2026 – Domingo de Pascua. Mayor afluencia turística.
5 de julio de 2026 – Domingo. Rebajas de verano.
15 de agosto de 2026 – Sábado. Asunción de la Virgen. Acumulación de festivos.
12 de octubre de 2026 – Lunes. Fiesta Nacional de España. Acumulación de festivos.
29 de noviembre de 2026 – Domingo. Campaña de Navidad.
13 de diciembre de 2026 – Domingo. Campaña de Navidad.
20 de diciembre de 2026 – Domingo. Campaña de Navidad.
27 de diciembre de 2026 – Domingo. Campaña de Reyes.
Además, los ayuntamientos podrán sustituir dos de los festivos habilitados por la Conselleria. Los cambios realizados bajo las competencias municipales sobre los horarios comerciales (habilitación de festivos locales, sustitución de días o acumulación) deberán comunicarse a la Conselleria antes del 31 de enero de 2026.
No obstante, no se podrán habilitar los domingos y festivos siguientes: 1 de enero, 6 de enero, 1 de mayo, 9 de octubre y 25 de diciembre.