El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el martes 5 de julio de 2022 las convocatorias de las líneas de ayuda al sector comercial incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiadas con los Fondos Europeos Next Generation EU.
Esta ayuda, cuyos potenciales beneficiarios son las entidades locales se distribuyen en tres líneas de actuación:
- Apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización.
- Ayudas a mercados sostenibles en zonas rurales.
- Ayudas al fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas.
Apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización.
Beneficiarios/as:
- Los municipios, representados por sus respectivos ayuntamientos.
- Las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares.
- Las comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios, instituidas por las comunidades autónomas de conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los correspondientes Estatutos de Autonomía.
- Las mancomunidades de municipios, siempre y cuando los municipios de población superior a 100.000 habitantes no representen más del sesenta por ciento del total de la población de la mancomunidad.
Objeto: Las ayudas tienen como finalidad financiar el desarrollo, por las entidades locales de planes y proyectos de contenido tecnológico, innovador o de sostenibilidad, así como de mejora de equipamientos, dirigidos al sector comercial que se encuentra ubicado en su demarcación.
Gastos subvencionables:
- Gastos dirigidos a la transformación digital.
- Gastos referidos a transformación del punto de venta.
- Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular.
- Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad.
- Gastos de formación dirigidos a empleados y autónomos del sector comercio.
- Asimismo, hay otros gastos subvencionables que deben consultarse en la convocatoria.
Importe de la subvención: La intensidad de la ayuda a conceder será de un mínimo del 60% y máximo del 100% sobre el presupuesto del proyecto sin IVA que haya sido considerado financiable, hasta un máximo de 2.000.000 euros.
Plazo de presentación: Un mes contando desde el 6 de julio de 2022.
Forma de presentación: Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Política Comercial, cuyos formularios de solicitud estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas).
Más información: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Ayudas a mercados sostenibles en zonas rurales
Beneficiarios/as: las siguientes entidades locales:
- Los municipios, con poblaciones de hasta 5.000 habitantes.
- Las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares siempre que la media simple de la población de los municipios que la integren no supere los 5.000 habitantes.
- Las comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios, en los que la media simple de la población de los municipios que la integren no supere los 5.000 habitantes.
- Otras entidades que agrupen varios municipios en los que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto no supere los 5.000 habitantes.
- Las asociaciones de municipios siempre y cuando la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto no supere los 5.000 habitantes.
- Las mancomunidades de municipios, siempre que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto no supere los 5.000 habitantes
Objeto: Estas ayudas tienen por objeto apoyar la implementación, modernización y fomento de la actividad comercial en zonas rurales, mejorando la competitividad, sostenibilidad y diversificación de la economía rural.
Gastos subvencionables:
- Gastos dirigidos a la transformación digital.
- Gastos referidos a transformación del punto de venta.
- Gastos relativos a sostenibilidad y economía circular.
- Gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad.
- Gastos de formación dirigidos a empleados y autónomos del sector comercio.
- Asimismo, hay otros gastos subvencionables que deben consultarse en la convocatoria.
Importe de la subvención: La intensidad de la ayuda a conceder será de un mínimo del 60% y máximo del 100% sobre el presupuesto del proyecto sin IVA que haya sido considerado financiable, hasta un máximo de 500.000 euros.
Plazo de presentación: Un mes contando desde el 6 de julio de 2022.
Forma de presentación: Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Política Comercial, cuyos formularios de solicitud estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas).
Más información: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Ayudas al fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas
Beneficiarios/as: Entidades locales que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:
- Municipios > 20.000 habitantes.
- Diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares cuando el proyecto esté destinado a poblaciones de entre 5.000 y 20.000 habitantes.
- Ayuntamientos con poblaciones de más de 5.000 habitantes que pertenezcan a Comunidades Autónomas uniprovinciales.
- Los municipios que si bien contando con una población inferior a 5.000 habitantes, superen dicha cifra teniendo en cuenta su población flotante.
Además, las entidades locales deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Que tengan al menos 25.000 pernoctaciones al año.
- Que tengan más de un 30% de viviendas de segunda residencia.
- Que el porcentaje de trabajadores afiliados a la Seguridad Social pertenecientes a las CNAEs 45,46 y 47 sea superior al 7% de afiliados totales.
Objeto: Las ayudas tienen como objeto subvencionar el desarrollo de planes y proyectos dirigidos a la introducción de mejoras en las zonas comerciales turísticas, incluidas actuaciones en el marco de esta inversión en nuevas tecnologías; la aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia energética; procesos eficientes desde el punto de vista ecológico y reciclado de residuos; la formación del personal; una firma digital integrada adaptada a los visitantes extranjeros; y la adaptación de los espacios públicos para mejorar la accesibilidad y la movilidad.
Gastos subvencionables:
- Gastos relacionados con inversiones en la vía pública.
- Gastos relacionados con actuaciones que tengan un impacto en la digitalización del sector comercial.
- Gastos relacionados con la sostenibilidad y economía circular.
- Gastos de formación en idiomas dirigidos a empleados y autónomos del sector comercio.
Importe de la subvención: La intensidad de la ayuda a conceder será de un mínimo del 60% y máximo del 100% sobre el presupuesto del proyecto sin IVA que haya sido considerado financiable, hasta un máximo de 2.000.000 euros.
Plazo de presentación: Un mes contando desde el 6 de julio de 2022.
Forma de presentación: Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Política Comercial, cuyos formularios de solicitud estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas).
Más información: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo